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https://bibliotecasemiaridos.ufv.br/jspui/handle/123456789/347
Título: | Propuesta de política para la reserva estratégica estatal de granos básicos en El Salvador |
Autor(es): | Palmitesta, Luciano Morán, Xenia de Hernandez, Wilberto Vargas, Luis |
Palavras-chave: | Alimentación y abastecimiento de granos básicos Pequeños productores y consumidores Alimentos básicos de la población más vulnerable Reserva estratégica de granos básicos |
Data do documento: | 2017 |
Editor: | Organizacion de las Naciones Unidas para Alimentacion y la Agricultura |
Citação: | PALMITESTA, L.; MORÁN, X.; HERNANDEZ, W.; VARGAS, L. Propuesta de política para la reserva estratégica estatal de granos básicos en El Salvador. El Salvador: FAO, 2017. |
Resumo: | Hay dos objetivos principales que se aspiran conseguir con la implementación de la Reserva Estratégica Estatal de granos básicos: • Mitigar la inseguridad alimentaria de la población vulnerable ante la ocurrencia de un fenómeno natural adverso, a través de la distribución de granos básicos. • Equilibrar el mercado de granos básicos en El Salvador, a fin de disminuir las distorsiones coyunturales en los precios nacionales causadas principalmente por un efecto especulativo en los precios. Para el logro de estos objetivos propuestos se requiere de la implementación física de una RE para granos básicos. Mientras que, para el cumplimiento del segundo objetivo, pueden existir diferentes herramientas metodológicas con las cuales el Estado puede intervenir y generar cierto grado de incidencia en el mercado. La propuesta se basa en la contratación de los “servicios de retención de los granos” por parte de productores privados (prioritariamente cooperativas) para con ello almacenar las cantidades requeridas por el Estado (360,000 qq de maíz y 72,000 qq de frijol rojo). Por dicho almacenamiento que estará disponible para uso inmediato, el Estado pagará un incentivo durante un período de tiempo previamente acordado, de máximo 7 meses. La propiedad de los granos queda en manos de los productores y de los centros de acopio. Los granos serán conservados utilizando técnicas determinadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y los operadores privados, que permita conservar la calidad apta para el consumo humano. De ser necesario en caso de calamidad o evento catastrófico en el cual se requiera distribuir alimento, al declararse el “Estado de Emergencia”, el Estado podrá efectuar la compra rápida de los granos almacenados para proceder a su distribución en las localidades afectadas. En un escenario donde los precios de los granos llegaran a valores limites preestablecidos, el Estado podrá disponer y ordenar la venta de los granos en el mercado, durante el periodo de los siete meses, y de esta forma controlar escenarios de especulación de los precios de los granos en el mercado nacional. Como contrapartida para el servicio prestado, el Estado ofrecerá a los operadores privados un “Bono prendario o de retención”. El bono representa un incentivo a la acción de retención de los granos, estimulando principalmente a las cooperativas y otras asociaciones de productores a adoptar esta práctica con el fin de reducir o evitar las acciones especulativas de los comercializadores mayoristas y a la vez brindar el servicio de Reserva Estratégica a la población en general. El bono predentario o de retención debe de entenderse como un ingreso adicional para los productores y para los centros de acopio asociativo. Para poder acceder al mismo los centros de acopio (CAS, Cooperativas y otras asociaciones) deberán cumplir con ciertos requisitos y condiciones previamente definidas. |
URI: | https://bibliotecasemiaridos.ufv.br/jspui/handle/123456789/347 |
Aparece nas coleções: | Meio Ambiente e Biodiversidade |
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